Aduanas agiliza el despacho aduanero para liberación de mercancías retenidas

9 febrero, 2021

Para fomentar las operaciones de comercio exterior en beneficio de las y los Agentes Aduanales, personas contribuyentes, usuarias, usuarios, personas importadoras y exportadoras, la Administración General de Aduanas agilizará el reconocimiento de mercancías sujetas a las Normas Ociales Mexicanas (NOM) de información comercial y la liberación de mercancías retenidas por datos omitidos o inexactos en el etiquetado. 

Anteriormente, las autoridades aduaneras retenían las mercancías en recintos scales y scalizados en los términos del artículo 158 de la Ley aduanera, por el incumplimiento del etiquetado establecido por la Secretaría de Economía. 

Actualmente, en los puntos de entrada y salida al país durante el reconocimiento aduanero, las y los usuarios podrán apegarse al beneficio del segundo párrafo de la regla 3.7.20 de Comercio Exterior para evitar que se retengan sus mercancías por fallas o incumplimiento de etiquetado; se les extenderá el beneficio de 30 días para que la o el interesado acredite el cumplimiento de la NOM de información comercial correspondiente, siempre que cumplan con lo dispuesto en la ficha de trámite 148/LA del Anexo 1-A. 

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El artículo escrito por TL Pacífico

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